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sábado, 21 de marzo de 2015cermi.es semanal Nº 160

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Acceso Universal

El CERMI pide en Europa revisar el reglamento de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad

16/03/2015

El asesor jurídico del CERMI, Óscar Moral, ha comparecido el pasado lunes en el Parlamento Europeo para pedir la revisión del Reglamento de la Unión Europea que regula los derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad o movilidad reducida, por considerarlo insuficiente para garantizar la no discriminación del colectivo.

Óscar Moral, asesor jurídico del CERMIDurante su comparecencia ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en Bruselas, se ha referido a la Regulación del transporte aéreo para las Personas con Discapacidad y Personas con Movilidad Reducida, que se rige por el Reglamento CE nº 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo.
 
En este punto, ha considerado que esta norma europea mantiene aspectos claramente negativos para los derechos de los pasajeros con discapacidad, como la posibilidad de la compañía de denegar el embarque al pasajero con discapacidad alegando cuestiones de seguridad; la posibilidad de la compañía de exigir al pasajero con discapacidad que viaje acompañado, a su propia costa; y la necesidad de que solicite el servicio de acompañamiento en el aeropuerto con una antelación mínima.
 
Moral ha dejado claro que atendiendo a lo establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, esta norma es “claramente discriminatoria” hacia las personas con discapacidad y ha recordado las Comunidades Europeas han ratificado esta Convención.
 
Así, ha insistido en que la norma que regula el transporte aéreo para las personas con discapacidad y personas con movilidad reducida no permite a las personas con discapacidad usuarias del transporte aéreo su libertad de desplazamiento, por lo que es contraria a los derechos recogidos en la Convención como la accesibilidad universal, el derecho a la vida independiente y a la inclusión en la comunidad.
 
También ha señalado que recientemente el CERMI está recibiendo numerosas quejas de pasajeros con discapacidad que han sufrido decisiones discriminatorias por parte de las compañías aéreas acogiéndose al Reglamento de 2006, como la denegación del embarque a pasajeros con discapacidad, alegando razones de seguridad; o la posibilidad de exigencia de viajar acompañados a estos pasajeros, entre otras cuestiones, que originan multitud de quejas y reclamaciones por parte de las personas con discapacidad, a las que la Unión Europea no da una respuesta.
 
El CERMI considera estas conductas de las compañías aéreas como “hostiles y contrarias a los derechos de esta parte de la ciudadanía” y señala que este problema debe resolverse a través de la modificación del Reglamento CE nº 1107/2006, para lograr que garantice plenamente los derechos de los pasajeros con discapacidad, evitando que las compañías aéreas permitan la denegación de embarque de pasajeros con discapacidad alegando motivos de seguridad.
 
En esta línea, se ha referido a la normativa actualmente en vigor en Estados Unidos es un ejemplo a seguir como buena práctica respetuosa con los derechos de las personas con discapacidad.
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